Es el valor del vehículo que se define para
las coberturas de Daños Materiales Pérdida
Parcial, Daños Materiales Pérdida Total y Robo
Total que se establece de común acuerdo entre
el Contratante y la Compañía, al momento de
contratar el seguro y que aparece en la Carátula
de la Póliza.
Tratándose de vehículos que cuenten con factura
de salvamento expedida por una compañía
aseguradora autorizada por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, con motivo de
una pérdida total previa, si el Contratante y/o
Asegurado ha(n) asentado este hecho de forma
clara en la solicitud, para conocimiento de la
Compañía, el Valor Convenido será tal como se
definió en el párrafo anterior. En caso contrario,
el Valor Convenido será el monto calculado de
acuerdo con la definición de Valor Comercial
para este tipo de vehículos.
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